LA TRIBUTACIÓN DEL IR EN LOS INFLUENCERS





El Gerente General de PSV Consultores, Paul Serrano, señala que un influencer es una persona que tiene cierta credibilidad sobre un tema concreto y debido a que influye en redes sociales puede ser un referente para una marca y con ello será remunerado (en especie, con productos o servicios) y con pago de honorarios muy importantes. Es decir, se trata de una persona con capacidad de influir en los compradores potenciales de un producto o servicio al promocionar o recomendar los artículos en sus redes sociales y medios convencionales, pero en menor medida.

Influencer que tributa como persona natural

En el caso de que una empresa o persona utilice una página o fanpage con la intención de hacer publicidad de servicios o productos y necesita que un influencer de manera permanente realice el mantenimiento, funcionamiento y actualización de su contenido, la mantenga activa y actualizada, suba contenido, videos y materiales, así como implemente las especificaciones de la empresa contratante, el influencer tendrá que pagar impuestos.

Por lo que, para Sunat y el Tribunal Fiscal nos encontraríamos antes una operación gravada con el IR –como empresa (tercera categoría) y a la tasa del 29.5%–, ya que como lo refiere el TF, las rentas establecidas en nuestra legislación se sustentan en la distinción básica entre rentas de capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de ambos factores.

A diferencia de un alquiler o cesión de página web, en el caso de un influencer existe una labor constante al utilizar varios medios, ya que se considera que no se trata solo de una labor accesoria al uso del fanpage, donde se da la exposición de marca. Entonces, no estamos en una labor solo pasiva sino muy activa.

Influencer que tributa como persona jurídica

Aquí no hay dudas de que tendrían que ubicarse en el Régimen de la Micro y Pequeña Empresa (Mype) Tributario o Régimen General, dependiendo de los ingresos que proyecte tener. No podría estar en el Régimen Especial del IR (RER).

Los influencers no solo trabajan con empresas locales, sino también en muchos casos con empresas no domiciliadas en el Perú, pues en dicho caso tendrían que tener claras las reglas de operaciones con esos sujetos, Convenios de Doble Imposición, etc.

Fuente: Diario Gestión. Por: Miguel Juape, 10 de junio del 2019

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