NIIF para PYMES

A Partir del 1º de enero del 2011, las medianas y pequeñas empresas deberán aplicar obligatoriamente las NIIF para Pymes, siendo estas una versión simplificada de las NIIF completas, las mismas que serán obligatorias para aquellas empresas que no cotizan en bolsa (BVL), que cuenten con activos totales y ventas anuales menores a 3,000 UIT, y que no estén bajo la supervisión o control de la SBS.


Por lo mencionado en el párrafo anterior si una empresa tuviera ingresos menores a 3000 UIT y sus activos son iguales o mayores a 3000 UIT esta empresa deberá aplicar las versiones completas de las NIIF.

Ejemplo
La empresa “LA COBRA S.A” en el año 2011 revisa sus estados de situación financiera del año 2010 y observa que durante el año 2010 ha obtenido ventas inferiores a 3000 UIT y posee activos mayores a 3000 UIT. ¿La Empresa deberá aplicar las NIIF para PYMES?

Respuesta
La Respuesta es NO, puesto que para que se pueda aplicar las NIIF para PYMES se deben cumplir con ambos requisitos obligatoriamente.



David Lynch Guillén
dlynchg@lga.com.pe

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