¿EN QUÉ CASO SE PUEDE OTORGAR HASTA UN AÑO DE LICENCIA LABORAL?



Es vital que los trabajadores crezcan profesionalmente y para ello se deben capacitar académicamente. Pero en muchos casos esta capacitación implica que tenga que ausentarse de su centro de labores. Ante estos casos, los trabajadores del sector privado pueden solicitar una licencia por estudios de hasta un año, la misma que puede ser sin goce de haber (no remunerada) y con goce (remunerada).

Sin embargo, dicha licencia no está regulada por ley, por lo que el permiso se concedería bajo un acuerdo entre el empleador y el trabajador. De esta manera, en caso de licencia de estudios sin goce de haber, ésta se puede otorgar cuando el trabajador decide realizar estudios por su propia cuenta. Es decir, que existe un acuerdo en el cual el empleador guardará el puesto de trabajo del trabajador, quien debe reingresar al término de sus estudios, siendo que este periodo no es remunerado. Dicho permiso es solicitado sobre todo para los estudios de maestrías en el exterior, ya que estos estudios tienen una duración aproximada de un año al tener clases todos los días, lo cual no sucede en Perú ya que por lo general tienen créditos más extendidos y se estudia en las noches, por lo que se tardan dos años, mientras que los que estudian en el extranjero acceden a la maestría ‘full time’.

Por otro lado, se encuentran las licencias de estudios con goce de haber, la cual se hace efectiva cuando es la empresa la que envía al trabajador al exterior para capacitarse, además que la empresa paga parte o la totalidad de los estudios. En este caso es muy común que las empresas den este beneficio y acuerden una retención del trabajador, es decir que el trabajador debe quedarse en la empresa un año o dos luego de que termine sus estudios. Tras acordar la permanencia por un tiempo determinado, éste tiene que figurar en el acuerdo suscrito entre el empleador y el trabajador, mientras que la remuneración responde a los pagos de alimentación y vivienda que demandará el trabajador en el exterior.

En caso de que la empresa no otorgue al trabajador la licencia por estudios, una opción es presentar su renuncia a su centro de labores. Otra opción es entrar en un proceso de negociación en el que el trabajador solicite una licencia laboral sin goce de haber por el tiempo que tendrá que realizar sus estudios.

Según Brian Ávalos, abogado laboralista de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados: “Es un tema de negociación, tal vez pueda firmar un acuerdo y (establecer) que todo lo (aprendido) lo va a aplicar por un año más en la empresa”. También señaló que es importante que sustente los estudios que llevará a cabo y por el cual se solicita el permiso, ya que en caso de que solicite una licencia por estudios, pero se ausenta de su centro de labores por otra causal, ello se considera una falta grave que podría traer como consecuencia el despido del trabajador.

Fuente: Diario Gestión. Por: Silvia Pérez, 11 de julio del 2019

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