IMPUESTO DE S/ 0.10 POR BOLSA PLÁSTICA EMPIEZA A REGIR Y NO SERÁ EN TODA BODEGA
Desde el 01
de agosto del 2019 empieza a regir el impuesto de S/ 0.10, el cual irá
aumentando cada año de manera que será S/ 0.20 en el 2020, alcanzando a S/ 0.50
en el 2023 y así los años subsiguientes. El pago del impuesto al consumo de
bolsas es independiente del cobro por el valor de la bolsa que realicen las
empresas. Este impuesto ha sido pensado para que sea cobrado por las empresas
(naturales o jurídicas) obligadas al pago del IGV y que transfieran las bolsas
de plástico, en el momento de la emisión del comprobante de pago. Quienes se
van a encargar del cobro van a ser consideras agentes de percepción, las mismas
que estarán obligadas a declarar y pagar el impuesto mensualmente, que se
regulariza al mes siguiente de su cobro de acuerdo al cronograma de Sunat, y en
moneda nacional. Sunat va a emitir una resolución para determinar el formulario
y el código de tributo para que quienes recauden este importe lo puedan abonar.
Así mismo,
los supermercados, autoservicios, almacenes, comercios en general u otros
establecimientos similares, contratistas o prestadores de servicios tendrán
hasta el 20 de diciembre del 2022 para realizar el reemplazo de la entrega de
bolsas de base polimérica no reutilizable, por las bolsas reutilizables u otras
cuya degradación no genere contaminación. Por lo que, el fisco tendrá que
aclarar el procedimiento que tendrán que realizar los comercios que decidan utilizar
las bolsas biodegradables, las mismas que están exoneradas del pago del nuevo
impuesto, acreditado ello mediante certificado.
Como ya se
mencionó, se encontrarán sujetos al impuesto los comercios sujetos al IGV; por
lo tanto, no se va a aplicar a pequeñas bodegas ni mercados de abastos puesto
que ellos se encuentran bajo el RUS, tal como fue explicado por el
representante de Sunat, Julio Huamán. Hay que tener en cuenta que el RUS
incluye a tres tipos de impuestos: el IR, el IGV y el Impuesto de Promoción
Municipal, por lo que se convierte en un “monotributo” que reemplaza a estos
tributos, que se regula y se paga por reglas distintas.
En el caso
de comercios de mayor tamaño (ejemplo: minimarkets o autoservicios que facturan
por encima de S/ 5,000 mensuales y están obligados a tributar en el Régimen
Mype Tributario o en el régimen general del IR, sí se tendrá que cobrar el
impuesto a las bolsas de plástico.
Se espera
que el Reglamento de la ley se publique antes del 15 de agosto, puesto que solo
se ha prepublicado el proyecto de reglamento de la Ley de Plásticos en junio
que contempla la fiscalización y sanción de las empresas, así como incentivos
que se aplicarán para que se deje de consumir el plástico de un solo uso,
cañitas y tecnopor.
Fuente: Diario
Gestión, por Miguel Alonso Juape Pinto. 01 de agosto del 2019, pág. 11
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