PDT PLAME: INFRACCIONES Y SANCIONES



El principal mecanismo para fines de la administración, fiscalización y posterior recaudación de las obligaciones laborales es mediante la declaración de la Planilla Electrónica y su incumplimiento generará infracciones tributarias, las cuales se encuentran reguladas en el Código Tributario que impone las sanciones de multas, así como intereses moratorios.

La infracción tributaria por faltas laborales es toda acción u omisión determinada por el incumplimiento de normas tributarias, si es que está tipificada como tal por el Código Tributario o disposiciones legales. Ante la comisión de infracciones que se relacionan con el incumplimiento de las obligaciones respecto a tributos laborales de cargo del empleador, Sunat podrá aplicar sanciones teniendo en cuenta los principios de legalidad, tipicidad, proporcionalidad, no concurrencia de infracciones y otros principios.

                                                                                     
INFRACCIÓN
CÓDIGO TRIBUTARIO
No presentar las declaraciones dentro de los plazos señalados.
Art. 176.1
Presentar las declaraciones (rectificaciones incluidas), sin tener en cuenta la forma y condiciones que establezca la Administración Tributaria.
Art. 176.8
No efectuar las retenciones establecidas por ley.
Art. 177.3
No incluir en las declaraciones ingresos y/o remuneraciones, retribuciones y/o rentas y/o tributos retenidos, o aplicar porcentajes distintos a los que les corresponde.
Art. 178.1
No pagar dentro del plazo establecido los tributos retenidos.
Art. 178.4

A través del PDT 0601 (Plame) se declaran los principales tributos que tienen como origen la relación laboral, lo que permite al empleador que emita mensualmente declaraciones respecto a las relaciones laborales que mantiene con sus trabajadores, donde también se incluyen conceptos laborales (remuneraciones, beneficios sociales y situaciones de la relación laboral).


Las aportaciones e impuestos que se declaran en el PDT 0601 que son susceptibles de generar sanciones e infracciones asociadas a su incumplimiento, son:

TRIBUTOS LABORALES DECLARADAS EN PDT 0601 - PLAME
EsSalud
Obligados a efectuar una aportación obligatoria al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud equivalente al 9% de la remuneración del trabajador de forma mensual.
ONP
Los afiliados deben realizar una aportación del 13% de su remuneración.
IR de quinta categoría
Grava los ingresos que se obtienen producto de la prestación de servicios subordinados (incluidos cargos públicos, electivos o no), de acuerdo a procedimientos en base a su remuneración.
SCTR
Seguro a cargo del empleador que otorga una cobertura adicional a aquellos trabajadores afiliados regulares que desarrollan actividades de alto riesgo. Cubre dos presentaciones: de salud y económicas.



Fuente: Revista Contadores & Empresas N° 332, Gaceta Jurídica (agosto 2018).

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