FACTURAS NEGOCIABLES: TRATAMIENTO CONTABLE
La
obligación de incorporar una tercera copia (Factura Negociable) a las facturas
y/o recibos por honorarios impresos y/o importados tiene la condición de título
valor pues contiene características que permiten su negociabilidad. Los
proveedores no están obligados a negociarlas ya que ello es voluntario y
depende solo de las necesidades de financiamiento de cada empresa.
La factura
negociable es uno de los títulos a la orden transmisible por endoso, se origina
en la compraventa u otras modalidades contractuales de transferencia de
propiedad de bienes o en la prestación de servicios. Es un título que puede
transferirse a terceros, protestarse o ejecutarse si existe incumplimiento. El
monto por el que tiene que otorgarse la factura negociable es el “monto neto pendiente de pago” de cargo
del adquiriente del bien o usuario del servicio (el monto neto tras aplicar la
retención o detracción correspondiente). Se puede transferir a terceros desde
que el proveedor cuenta con la constancia de entrega de la factura negociable
al adquiriente o desde el momento en el que le notifica al adquiriente sobre su
anotación en cuenta ante una institución de compensación y liquidación de
Valores.
Participan
los siguientes sujetos:
- Proveedor:
es la empresa (persona natural o jurídica) poseedora de cobros, contenidos en
facturas por cobrar generadas en sus operaciones comerciales. No están
obligados a señalar que desean negociar en la entrega de la tercera copia
(Factura Negociable), pero sí deben comunicar la transferencia del crédito
contenido oportunamente al adquiriente para que éste sepa quién y cómo tiene
que realizar el pago en la fecha pactada.
- Factor (entidad financiera por lo general o tomador): es la entidad encargada del cobro de los derechos cedidos contenidos en facturas emitidas por el cliente, a cambio de un monto descontado del valor nominal de estas o un pago anticipado del monto de lo que es debido al acreedor.
- Clientes: son los sujetos adquirientes de los bienes y servicios del cliente, obligados a recibir la factura negociable por parte del proveedor, a efectos de dar su conformidad u oponerse al contenido del título valor, es decir que no esté conforme con la descripción o la fecha de pago, dentro del plazo de ocho días hábiles.
Normas contables aplicables (NIIF 9)
Según el
párrafo 3.2.3 de la NIIF 9, una entidad dará de baja en cuentas un activo
financiero cuando, y solo cuando: a) expiren los derechos contractuales sobre
los flujos de efectivo del activo financiero; o b) se transfiera el activo
financiero y la transferencia cumpla con los requisitos para la baja en
cuentas, de acuerdo con el párrafo 3.2.6 de la NIIF.
En el caso
de transferencia del activo financiero, ésta se produce si y solo si: a)
transfiere los derechos contractuales a recibir los flujos de efectivo de un
activo financiero; o b) retiene los derechos contractuales a recibir los flujos
de efectivo del activo financiero, pero asume la obligación contractual de
pagarlos a uno o más perceptores, dentro de un acuerdo que cumpla las
condiciones señaladas en el párrafo 3.2.5.
La
diferencia entre el importe original y el menor valor obtenido producto de la
negociación de la factura negociable se reconocerá como un costo financiero, de
lo cual se aplicará la NIC 23 debiendo reconocerse como gasto de acuerdo de
manera inmediata.
Caso práctico:
Una empresa presta servicios de comisión mercantil y en marzo emitió una
factura por sus servicios en el mes por el importe de S/ 4,000 más IGV y otorga
un crédito para pagar el alquiler de 55 días. Esta operación se encuentra
sujeta a detracción según el Anexo N° 3 del 10%. ¿Cómo tendrá que
contabilizarse esta operación, considerando que la factura negociable emitida
en dicha operación es transferida mediante endoso a una entidad financiera la
cual le entrega la suma de S/ 3,878?
En el caso
de autos, lo primero será reconocer el ingreso por servicio prestado, de la
sgte. manera:
ASIENTO CONTABLE
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-------------------- x --------------------
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12
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Cuentas por cobrar comerciales -
Terceros
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4,720
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121 Facturas, boletas y otros
comprobantes por cobrar
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1212 Emitidas en cartera
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40
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Tributos, contraprestaciones y aportes
al sistema de pensiones y de salud por pagar
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720
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401 Gobierno central
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4011 Impuesto general a las ventas
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40111 IGV - Cuenta propia
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70
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Ventas
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4,000
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704 Prestación de servicios
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7041 Terceros
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x/x
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Por el servicio de comisión mercantil
prestado en el mes de marzo.
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-------------------- x
--------------------
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Luego, será
necesario determinar el monto neto pendiente de pago, para lo cual al importe
total de la factura ascendente a S/ 4,720, se le deducirá el monto que será
objeto de detracción ascendente a S/ 472 (10% del valor de la operación), de lo
que resulta un importe de S/ 4,248 que tendrá que figurar en la Factura
Negociable.
Respecto de
los fondos obtenidos mediante el endose de la Factura Negociable, se efectuará
el sgte. asiento:
ASIENTO CONTABLE
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-------------------- x
--------------------
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10
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Efectivo y equivalentes de efectivo
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3,878
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104 Cuentas corrientes en instituciones
financieras
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1041 Cuentas corrientes operativas
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67
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Gastos financieros
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370
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674 Gastos en operaciones de factoraje (factoring)
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6741 Gastos por menor valor
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12
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Cuentas por cobrar comerciales -
Terceros
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4,248
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121 Facturas, boletas y otros
comprobantes por cobrar
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1212 Emitidas en cartera
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x/x
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Por el depósito efectuado por el banco
neto de costos financieros
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-------------------- x
--------------------
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Fuente: Revista Contadores & Empresas N°
328, Gaceta Jurídica (junio 2018).
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