DECRETO LEGISLATIVO N° 1263 - MODIFICACIÓN ARTÍCULO 146° DEL CÓDIGO TRIBUTARIO
Estimados Lectores:
Nos dirigimos a ustedes, a fin de informarle que el
Decreto Legislativo 1263 que modifica el Código Tributario, introdujo
una modificación en el artículo 146° de la referida norma, incorporando como requisito de admisibilidad para la
presentación de los recursos de apelación, que el administrado se afilie a la
notificación por medio electrónico del Tribunal Fiscal.
En tal sentido, de conformidad con la Resolución Ministerial N°
442-2017-EF/40 vigente a partir del 01.02.2018, es obligatorio que los
administrados se afilien al Sistema de Notificación Electrónica del Tribunal
Fiscal para la presentación de apelaciones
vinculadas con los procedimientos contenciosos tributarios y no contenciosos,
apelaciones presentadas en procedimientos de intervención excluyente de
propiedad, quejas, solicitudes de ampliación, corrección o aclaración.
Hacemos
de su conocimiento que en la página web del Tribunal Fiscal se ha colgado el
procedimiento y la guía de afiliación al Sistema de Notificación Electrónica,
pudiendo acceder a través del siguiente link: https://www.mef.gob.pe/es/sistema-de-notificacion-electronica
Saludos
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